DECISION
Por estas razones este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, actuando en su competencia, decide:
PRIMERO: IMPROCEDENTE, la solicitud de MEDIDA CAUTELAR PROVISIONAL, solicitada por el ciudadano Lupercio Antonio Nádales Flores, antes identificado asistido por el Defensor Agraria JOSÉ ARQUIMEDES DÍAZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 60.919.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. En Calabozo, a los dieciocho (18) días del mes de Diciembre del año dos mil doce. (2.012). Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
La Jueza Provisoria,
Xiomara Méndez Ramírez La secretaria,
Maribel Caro Rojas .....