PRIMERO: Se declara parcialmente con lugar el recurso de apelación ejercido por: 1º) abogados ÁNGEL SATURNO VALERA VÁSQUEZ y ANTONIO JOSÉ MUJICA BLANCO; 2º) abogados CÉSAR ROBERTO TOVAR RODRÍGUEZ y ROBERT JOSÉ MEZA ACEVEDO; 3º) los abogados YORMAN EDGARDO TORREALBA y CÉSAR ROBERTO TOVAR RODRÍGUEZ; y, 4º) el abogado ADOLFO JULIO MOLINA BRIZUELA, contra la sentencia proferida por el Juzgado (2º) de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, dictada en fecha 05 de marzo de 2015, y publicada in extenso en fecha 13 de marzo de 2015, en la cual condenó a cumplir la pena de Dieciocho (18) años y Seis (6) meses de prisión, a los ciudadanos LUIS ENRIQUE GALLARDO, por los delitos de Peculado Doloso Propio, Violación de Procedimientos Licitatorios, Malversación Específica de Fondos Público y Concierto de Funcionario Público con Contratista, preceptuados en los artículos 52, 58, 63 y 70 de la Ley Contra la Corrupción, respectivamente; y, LEONARDO ANTONIO RODRÍGUEZ MORALES, CARLOS ALFON.....