Se declaró CON LUGAR la acción de divorcio, intentada por la ciudadana Ayaris del Carmen Correa Reina en contra del ciudadano Henry David Lucena Martínez, ambos identificados anteriormente, por estar comprobada la causal contenida en el artículo 185 ordinal 2° abandono voluntario. En consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos la ciudadana Ayaris del Carmen Correa Reina en contra del ciudadano Henry David Lucena Martínez, celebrado por ante la Oficina de Registro Civil de San Juan de los Morros, en fecha 30 de septiembre de 2.006, según acta de matrimonio No. 222.