DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, en ejercicio de la atribución conferida en el artículo 282 del Código Orgánico Procesal Penal y artículos 26 y 30 segundo aparte de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES en el presente asunto y a favor de la ciudadana YNGRID COROMOTO HERNANDEZ RUIZ, plenamente identificada en actas, conforme lo dispuesto en los ordinales 1°, 5° y 9° del artículo 39 de Ley Sobre Violencia Contra la Mujer y la Familia, consistentes en la orden de salida y/o prohibición de acudir el ciudadano ELEAZAR DE LOS ANGELES RODRÍGUEZ YEPEZ, de y a la residencia común que mantiene con la ciudadana YNGRID COROMOTO HERNANDEZ RUIZ; Prohibición expresa de acercamiento del ref.....