este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO en la presente Solicitud de Divorcio planteada por el ciudadano FREDYS RAMON SALAS ANDREA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-2.501.134, domiciliados en esta ciudad de Calabozo estado Guárico, basada en el artículo 185-A del Código Civil, en consecuencia, se ordena el archivo del expediente. Todo de conformidad con la sentencia Nº 446 de fecha 15 de mayo del 2014, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 15 de mayo del 2014