Este Tribunal Primero de Control de la Sección Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico con sede en San Juan de los Morros en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se Decretó la Libertad Plena, del adolescente:IDENTIDAD OMITIDA venezolano, soltero, nacido el 07/06/1986 en Calabozo Estado Guárico, de 17 años de edad, cédula de identidad Nº.17.798.365, domiciliado en Barrio La Aguada, calle Principal al final de la carrera 9, casa en alto, familia Jiménez, Calabozo Estado Guárico, hijo de José Gregorio Aular y Francisca Noemí Trocel, por cuanto de las actas procesales presentadas al momento de la audiencia de presentación, no se evidencia que los hechos revistan carácter penal.- SEGUNDO: Se ordenó la aplicación del procedimiento ordinario de conformidad con el articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal y remitir las actuaciones en su oportunidad legal a la Fiscalia XIII de.....