En fuerza a las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación intentada por el Apoderado Judicial de la parte actora Abogado JUAN JOSE PINO DE LA ROSA, SE REVOCA PARCIALMENTE la decisión dictada por el Juzgado de Transición de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Guarico, de fecha 05 de abril del 2.004; En consecuencia se DECLARA CON LUGAR la defensa de fondo de Prescripción de la acción a que se contrae la presente causa.
De conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, no hay especial condenatoria en costas.