Por todas las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Juzgado del Municipio Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en su competencia de materia Civil, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: Primero: Declara CON LUGAR la demanda de Desalojo, interpuesta por la ciudadana: MARIA CAROLINA FARIAS AROCENA, contra la ciudadana: MARIA CRISTINA TOVAR SALCEDO, todos identificados en autos. Segundo: Condena a la demandada hacer entrega material del inmueble arrendado, motivo de la presente acción, en las misma condiciones que lo recibió a la parte actora y debidamente desocupado sin prórroga alguna. Tercero: Condena a la parte demandada a pagar la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 800,oo), por concepto de cánones de arrendamiento de los meses Septiembre a diciembre del año 2.007 y Enero a Abril del año 2.008, a razón de CIEN BOLIVARES FUERTES (Bs. F.....