Consta en diligencia presentada en fecha 18 de mayo de 2009; que riela a los folios 101 al 108 de la tercera pieza del presente expediente judicial, que las partes intervinientes en la presente causa, se encuentran debidamente representados, por los profesionales del derecho; ciudadana: Amparo Campos Silva, antes identificado; por las partes demandantes; arriba identificadas y por la parte demandada las profesional del derecho ciudadanas: Marianela Blanca e Irma Figuera, arriba identificadas; por tanto, contando las partes con la capacidad procesal necesaria establecida en el artículo 1.714 del Código Civil, aplicable por analogía conforme a lo dispuesto en el Articulo 11 de la Ley Adjetiva Laboral, y siendo el acuerdo contenido en la transacción judicial celebrada por las partes involucradas en el presente juicio, cursante a los folios 101 al 108 de la tercera pieza del presente expediente judicial; presentada mediante diligencia en fecha 18 de mayo de 2009; además dicho.....