Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 19/05/2010

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Calabozo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : JP61-L-2010-000054 N° Sentencia : 0510-11-013 Fecha: 19/05/2010
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
JORGE CLARET CENTENO VS IMPREGELCA
Resumen:
Este Tribunal declara LA PRESUNCION DE LA ADMISION DE LOS HECHOS, todo ello de conformidad con lo establecido en el Artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, de conformidad con la sentencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo, este Tribunal diferirá el pronunciamiento definitivo, para el quinto (5º) día hábil siguiente a la presente fecha. Se deja constancia que la parte Demandante y compareciente al presente acto, consignó Escrito de Promoción de Pruebas, constante de dos folios (2) útiles y su vuelto, y un folio marcado con la letra "A" , un folio marcado con letra "B" Es todo, se terminó, se leyó y estando conformes firman.
Juez/Ponente:
Daniel Alejandro Cerero
Organo:
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Calabozo
arriba

N° Expediente : JP61-L-2010-000078 N° Sentencia : 0510-11-014 Fecha: 19/05/2010
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
RODOLFO PORRAS GARCIA VS EXPRESOS BARINAS C.A.
Resumen:
este juzgado se abstiene de admitirlo, en virtud que el mismo no cumple con el requisito de admisibilidad contenido en el numeral 3° del artículo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dado que la parte presentante en su escrito libelar no señala la operación matemática para obtener el salario normal e integral, y en el caso de los conceptos demandados específicamente en el caso de la antigüedad, no indica la operación aritmética y método del cálculo para discriminar mes por mes conforme al salario integral devengado por los trabajadores, a partir de la fecha en que se comenzó a generar tal derecho, es por ello que debe la parte accionante indicar la operación matemática para obtener el salario normal e integral devengado; el salario normal se obtiene sumando al salario básico las incidencias devengadas por el trabajador en el mes respectivo, el referido salario integral se obtiene sumando el salario básico o normal diario mas la alícuota de las vacaciones mas la alícuota de .....
Juez/Ponente:
Daniel Alejandro Cerero
Organo:
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Calabozo
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados