DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de terreno denominado "Fundo Puertas de Mapurite", ubicado en el sector Puerta de Mapurite, Parroquia El Rastro, Municipio Francisco de Miranda del estado Guárico, constante de una superficie de cincuenta y tres hectáreas con dos mil doscientos treinta y un metros cuadrados (53 ha con 2231 m2) aproximadamente, alinderado de la siguiente manera; Norte: vía de penetración y terrenos ocupado por Fundo El Rosal; Sur: terrenos ocupados por Orlando Domínguez y Ubaldino Sebastino; Este: terrenos ocupados por Silvio González y Eric García y Oeste: terrenos .....