.III.
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR la acción de desalojo intentado por la parte actora MARISELA DE ANGELIS PROFETA, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en Altagracia de Orituco Estado Guárico, titular de la cedula de identidad V-7.293.427, a través de su Apoderado Judicial Abogado Javier Eduardo Pérez Lugo, inscrito en el Impreabogado bajo el Nº 51.106, en contra de la parte demandada ciudadana DARIA JOSEFINA FERNÁNDEZ DE ZEIDEN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.167.447. Se declara CON LUGAR la apelación intentada por la parte demandada. Se REVOCA el fallo de la recurrida Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y de Transito de la Circunsc.....