Se declaró competente para conocer el presente procedimiento de amparo constitucional. Se declaró Inadmisible la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano Roger Ledezma, en su condición de Mandatario de la ciudadana Aymara del Valle Cordero Páez, debidamente asistido por la abogada Migdalia Sanchez, donde aparece como presunto agraviante el Juzgado Primero de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, extensión Valle de la Pascua, presidido por el Juez abogado José Gregorio León, en el asunto Nº JP21-P-2018-001255, todo ello de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y el criterio jurisprudencial up supra citado.