En Fuerza de los razonamientos de hecho y de derecho expuestos este Juzgado Segundo de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la Demanda por Cobro de Bolívares Vía Intimación intentada en la presente causa por la ciudadana AURA ESTELA RODRIGUEZ RUIZ, contra el ciudadano SILVESTRE RAMON AREVALO GOMEZ, ambas partes identificados en autos.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida conforme al artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.