Se ordena hacer cesar la ilicitud de la reclusión del adolescente (Identidad Omitida) Y RESTITUIRLE SU LIBERTAD CON LAS RESTRICCIONES DE LAS MEDIODAS CAUTELARES IMPUESTAS, es por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Convención Americana de los Derechos Humanos en concordancia con el artículo 2 de la Convención de los Derechos del Niño y en relación al artículo 9 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, Revoca parcialmente, por ser contrario a Derecho y en aras de la Tutela Judicial efectiva, la Decisión dictada por este Tribunal en fecha el día diecisiete de Agosto del presente año, mediante la cual se ordenó la reclusión del Adolescente (Identidad Omitida), plenamente identificado en el texto de esta resolución, sin orden previa y en violación del Derecho Humano de la Libertad y en consecuencia ordena la libertad del referido adolescente, quien tendrá la obligación de cumplir con las medidas cautelares impuesta en lo términos fijado p.....