Este Juzgado HOMOLOGA la transacción celebrada por las partes, por la cantidad de VEINTICUATRO MIL BOLIVARES (24.000,00 Bs.), suma ésta que comprende el pago de sus prestaciones de SEIS BOLIVARES (6.000;00 Bs.) para cada uno de los trabajadores que son partes accionantes en el presente asunto, por lo que se ordena el cierre y archivo del expediente, transcurridos cinco (05) días de despacho contados a partir del día siguiente a la presente fecha. En consecuencia en el mismo orden de ideas atendiendo a la diligencia que cursa en el folio 138 del presente expediente, suscrita por la profesional del derecho Onella Isabel Padrón Álvarez y el pedimento en ella contenido, este Tribunal, por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho, acuerda de conformidad con el artículo 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, expedir por Secretaría copias certificadas de la presente homologación y del auto que ordene el cierre y Archivo del mismo.
Dada, firmada y s.....