´este Tribunal Sexto (6º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA; PRIMERO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO planteado por el Profesional del Derecho JOSE ALEJANDRO LUGO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 319.035, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana RENDERLI ZANAIRY BURGUILLOS SANZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 30.306.027, contra Entidad de Trabajo AGROPECUARIA KIANA, C.A´