En virtud de lo cual con fuerza en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela ACUERDA el Acuerdo Reparatorio en los términos convenidos entre los ciudadanos ALEXIS ENRIQUE PALMA SUAREZ, Venezolano, mayor de edad, cédula de identidad No 11.843.994, domiciliado en la calle Las Garzas N° 137 de esta ciudad y RAUL EDUARDO LINARES GUIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula N° 11.565.957, domiciliado en la Calle Atarraya Sur N° 19 de esta ciudad, en virtud de investigación llevada por ante la mencionada Fiscalía por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS y en virtud de que las partes han manifestado el cumplimiento total del mismo, según la norma rectora, en este caso el artículo 48, ordinal 6º del Código Orgánico Procesal Penal, se extingue la acción penal y por vía de co.....