A través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA el Tribunal REPUSO LA CAUSA al estado de fijar por auto expreso el lapso probatorio correspondiente para que tenga lugar la evacuación de la prueba de exhibición promovida por la parte demandada, y como consecuencia de ello, declaró la nulidad del auto dictado el 23 de Septiembre de 2015. No hubo costas.