PARTE DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DEL PRESENTE ASUNTO POR HABERSE EXTINGUIDO LA ACCION PENAL, a favor de la acusada NELLY MARGARITA TOVAR ARCHILA, ampliamente identificada en autos, de conformidad con lo establecido en los artículos 45 del actual y vigente Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en los artículos 318 numeral 3., 319, 322, 324 y 553, eiusdem, y, consecuencialmente, se declara igualmente, CONCLUIDO Y FINIQUITADO ESTE ASUNTO JURÍDICO PENAL.
Se declara con lugar, la solicitud efectuada por la defensa privada, representada por el abogado José Alexy Rueda.
Se ordena la exclusión de la ciudadana: NELLY MARGARITA TOVAR ARCHILA, del sistema de registros policiales computarizados llevados a.....