Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE el recurso de apelación incoado por los profesionales del derecho JUAN PEREZ APARICIO y MARITZA ALVARADO MENDOZA, actuando en su propio nombre y representación, en consecuencia, se revoca el auto de fecha 23 de mayo de 2012, que oyó el recurso de apelación en ambos efectos.
No hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de esta decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los diecinueve (19) días del mes de noviembre del 2012. Años 202° y 153°.