Por las razones expuestas, este Tribunal Segundo Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación opuesta por la codemandada Venezolana Internacional de Aviación, S.A. (VIASA) contra el auto de fecha 08 de octubre de 2004, dictado por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación opuesta por la codemandada Iberia Líneas Aéreas de España, S.A. contra el auto de fecha 08 de octubre de 2004, dictado por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: SIN LUGAR la solicitud de reposición de la causa interpuesta por l.....