Vista la diligencia que antecede, de fecha 18-12-2012, introducida y suscrita por el ciudadano: JOSÈ LUIS PULIDO HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.789.620, en su carácter de autos, asistido del abogado Amilcar Infante, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.631, y el pedimento contenido en ella la admite cuanto ha lugar en derecho; en consecuencia revisadas las actuaciones procesales que conforman y constituyen la presente solicitud signada con el Nº 5.390-12, observa al folio 13, acto de fecha 22 de Noviembre de 2012, donde siendo la oportunidad legal correspondiente para que tuviera lugar el acto de Reconocimiento en contenido y firma de documento privado de fecha 17 de Octubre del año 2.012, cursante en autos (f. 2), efectivamente no hizo acto de presencia, ni por si, ni por intermedio de apoderado, el ciudadano: JORGE LUIS PULIDO SANTAELLA, por lo que esta instancia Judicial administrando Justicia, en Nombre de la República Boli.....