Dispositiva
Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, y del TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora, Ciudadana SANTOS AREVAL MEJÍAS BERRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.729.069, en contra del auto de la recurrida, Juzgado Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico con sede en la ciudad de San Juan de los Morros, de fecha 09 de agosto de 2013, donde se declara que, visto el desistimiento da por terminada la tercería adhesiva simple interpuesta por la ciudadana identificada en el presente fallo. Se CONFIRMA, el fallo recurrido y se declara terminada la tercería adhesiva interviniente simple y así se decide.
SEGUNDO: Por cua.....