En mérito de lo anteriormente analizado este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro Zaraza de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, por órgano de quien suscribe, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR por improcedente la demanda presentada por la ciudadana DISNARDA MAYERLIN GUERRA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.635.972, domiciliada en la ciudad de Zaraza, Estado Guárico, debidamente asistida por el Abogado FRANCISCO JAVIER PAEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 157.350, contra el ciudadano LUIS ALFREDO GUERRA, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la Cédula de Identidad Nro. 11.001.734, domiciliado en la Urbanización Rodríguez Morales, sector El Paraíso, casa 21-02, calle 02 de la ciudad de Zaraza, Municipio Pedro Zaraza del Estado Guárico, por Tacha de Documento Públic.....