El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio Unipersonal Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Condena al ciudadano Henry de Jesús Salazar, a cumplir la pena de Un (01) año y Cuatro (04) meses de prisión, por ser autor responsable en la comisión del delito de Hurto Calificado en grado de frustración, tipificado y penado en el artículo 455 ordinal 4º en relación con el artículo 80 segundo aparte, cometido en perjuicio del ciudadano Agustín Hernández, en las circunstancias de tiempo, modo y lugar antes descritas, condenándolo a las penas accesorias contenidas en el artículo 16 eiusdem, todo conforme a lo dispuesto en los artículos 376 del Código Orgánico Procesal Penal y 37, 74 ordinal 4º, 80 segundo aparte y 82 todos del Código Penal.-