Firme como ha quedado la Sentencia dictada y publicada por el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico San Juan de Los Morros, en fecha 30-09-2009, mediante la cual CONDENA al ciudadano:, MANUELVI JOSÉ ARAUJO ORTIZ, venezolano, titular de la cedula de identidad nº 20.896.076, natural de Maracay, Estado Aragua, nacido en fecha 24-08-1989, de 18 años de edad, de profesión u oficio estudiante, estado civil soltero, hijo de Rubí Ortiz, y Manuel Araujo residenciado en la puerta entrada de San Juan de los Morros, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN por ser autor responsable en la comisión del delito de Robo Simple en grado de frustración previsto y sancionado en el artículo 455, segundo aparte del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Jhony Ybraim Calle Lobera. Se ordena la Ejecución de la precitada sentencia de conformidad con lo previsto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal. Hágase el cómputo correspondiente. Se evidencia de.....