SENTENCIA DEFINITIVA: Se declaro: PRIMERO: INADMISIBLE in limine litis, el Recurso de Amparo interpuesto por la ciudadana Lismar Esther Gota Montenegro, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.845.521, actuando en representación de su menor hijo (Cuyos datos se omite de conformidad con lo establecido en el Articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes), representada judicialmente por el abogado Eloy José Flores Herradez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.921.677, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 225.313, contra el auto de mero trámite de fecha 09 de enero de 2017, emanado del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Guárico. SEGUNDO: No hay expresa condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.