Partes: Marbella de Jesús Bejas, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 6.624.877, en contra las empresas Supermercado Euroguárico, C.A., y Supermercado Europa, C.A.
Decisión: Por lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA incoada por la ciudadana Marbella de Jesús Bejas, contra las empresas Supermercado Euroguárico, C.A., y Supermercado Europa, C.A. Y así se decide.