E.-DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto éste Tribunal de Juicio No. 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley., actuando bajo la modalidad de Unipersonal, DECIDE: PRIMERO: Se condena al acusado: FRANK DIOGENES NAVARRO ALFONZO, Venezolano, Titular de la Cédula de identidad Nro. V- 15.822.047, natural de San Félix, Estado Bolívar, donde nació en fecha 03-11-1978, de 26 años de edad, soltero, carpintero, hijo de GLADYS ALFONZO Y CELESTINO NAVARRO, Residenciado en la Calle Las flores, Nro. 50, Valle de La Pascua, Estado Guárico, como autor en la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 454, ordinal 1° del Código Penal cometido en perjuicio de EMPRESA ELECENTRO, a cumplir la pena de UN (01) año de prisión, mas las accesorias de Ley contempladas en el Articulo 16 del Código Penal., la cual deberá cumplir en el Centro de Re.....