TERCERO: En consecuencia, se autoriza al ciudadana YANETH SANTA CRUZ, titular de la cédula de identidad N° V-15.511.193, para que ejerza la función propia que corresponde de auxiliar de la defensa como asistente no profesional del Defensor Privado HECTOR SOTILLO, con el bien entendido que corresponde al Tribunal velar por la regularidad del proceso, el ejercicio correcto de las facultades procesales y la buena fe de las partes para evitar situaciones que puedan alterar el orden procesal o afecte el interés de alguna de ellas, todo lo cual hace este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio, Admistrando Justicia en nombre de Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Notifíquese.