Por todos los razonamientos anteriormente expresados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas se declara INCOMPETENTE para seguir conociendo de la presente causa. Asimismo, analizados como han sido los preceptos normativos y jurisprudenciales anteriores, y subsumidos al caso en concreto, este juzgador a fin de salvaguardar los principios de la celeridad y economía procesal, ORDENA la remisión del presente expediente al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que resulte competente previa distribución, a fin de que dicho Tribunal se pronuncie respecto del recurso de hecho interpuesto por el abogado Víctor Santos Rodríguez, en su condición de apoderado judicial de la empresa Tintorería de Lujo Centro Plaza C.A. Cúmplase. Así se decide.-
Dada la naturaleza de esta decisión, no hay condenatoria en costas.
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