este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley Declara: La HOMOLOGACIÓN DE LA TRANSACCIÓN que antecede. Ahora bien, por cuanto del texto de la anterior transacción se desprende que la parte demandada se comprometa a realizar un pago dentro de los 8 días siguientes a la presente fecha, el archivo del presente expediente se ordenará una vez que conste en autos la cancelación de la diferencia respecto al Trabajador Ciudadano José Castillo. Vista la manifestación de la parte actora y dada la naturaleza transaccional del presente asunto, no hay especial condenatoria en costas. Seguidamente el tribunal ordenó la lectura íntegra de la presente acta, quedando así los asistentes conforme con su contenido. A las 11: 00 am. Termino. Se leyó y conforme firman. Déjese copia certificada de la presente Decisión en el copiador de sentencia respectivo. Publíquese.