PRIMERO: Declara parcialmente con lugar, la solicitud interpuesta por el representante del Ministerio Público y se decreta el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo previsto en artículo 373 del Código Orgánico Procesal.
SEGUNDO: Se declara la LIBERTAD PLENA e inmediata del ciudadano GREGORY RAFAEL SOJO,
desde la sala de audiencias, por no encontrarse llenos los extremos legales exigidos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se declara parcialmente con lugar, la solicitud de la defensa pública penal.
CUARTO: Se le ordena al Ministerio Público, la apertura de la respectiva averiguación penal contra la ciudadana YANNARELLA SANABRIA LOZADA (madre del niño occiso), e igualmente se insta a ese organismo, para que se investiguen parientes y vecinos cercanos al referido niño.