DISPOSITIVA:
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Por todos los motivos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CONFESO a los demandados MEJIAS DE SILVA LUISA MARGARITA y SILVA MEJIAS RICARDO, conforme a lo dispuesto en el Artículo 362 del Código de Procedimiento Civil, por no haber contestado la demanda, ni promovido pruebas en su oportunidad.
SEGUNDO: Declara CON LUGAR la demanda de NULIDAD DE INSERCION PROTOCOLAR seguida por el ciudadano SILVA HERNANDEZ JESUS GERARDO contra MEJIAS DE SILVA LUISA MARGARITA y SILVA MEJIAS RICARDO plenamente identificados en autos, en consecuencia, se declara NULO el documento de venta del inmueble distinguido con el N° 07, ubicado en la Calle Camaleones entre Calle Real y Paraíso de la ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guárico, cuy.....