Es por ello que este Juzgado Primero de los Municipio Francisco de Miranda Camaguán y San Jerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 26, 49 ordinal 1º, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en relación con los artículos 12, l15, 242, 243 y 267 del Código de Procedimiento Civil declara la PERENCIÓN DE INSTANCIA en el presente juicio y en consecuencia EXTINGUIDO EL PROCESO, Se ordena la remisión del presente expediente al Archivo judicial.
La Juez
ABG. DELIA GONZALEZ IBARRA
La Secretaria
ABG. MAYRA URBANEJA
Publíquese y Registre la presente decisión, siendo las Once y Treinta (11;30 am) de la mañana
DG/mayra
EXP.1837