-III-
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Sala de Juicio Novena, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de CUSTODIA, incoada por el ciudadano CARLOS EDUARDO SANCHEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 6.848.001, en representación de la niña (...), de (...) años de edad, contra la ciudadana MARIA JOSELIN CORREA MENDOZA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 10.119.045, en consecuencia, la Responsabilidad de Crianza de la niña (...), será ejercida conjuntamente por ambos progenitores, mientras que el ejercicio de la CUSTODIA de la misma se le confiere a su progenitor CARLOS .....