DECISION Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, intentado los ciudadanos PEDRO ROBERTO SALAZAR Y YUBISAY DERLIS ALONSO DE SALAZAR , ya identificados en autos, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia queda DISUELTO el vinculo matrimonial que los une, contraído en fecha 24/05/1996 contrajeron matrimonio civil, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Vega, Jurisdicción del Municipio Libertador del Distrito Capital.- REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DEJASE COPIA. Notifíquese a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Vega, Jurisdicción del Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registrador Principal del Distrito Capital.-Dada, Firmada y Sellada en la sala de Despacho de éste Juzg.....