Se declaró competente para conocer el presente procedimiento de amparo constitucional. Se declaró Inadmisible la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por las ciudadanas María de los Ángeles Mora y María José Medina Matos, debidamente asistidas por el abogado José Domingo Ruiz, donde aparece como presunto agraviante el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control con Competencia en Ilícitos Económicos del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, sede San Juan de los Morros, presidido por la Jueza abogada Veruschka Méndez, en el asunto Nº JP01-P-2019-000147, todo ello de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.