En razón de los precedentes considerados, este Juzgado Trigésimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA CON LUGAR la solicitud de calificación de despido que interpuso el ciudadano CARLOS JAMPIER GRATEROL GUEVARA en contra de TRANSPORT OF LUXURY SPIN WORLD, C.A y se ordena el reenganche del ciudadano Carlos Jampier Graterol Guevara a su puesto de trabajo en las mismas condiciones al momento del despido, igualmente se ordena el pago de los salarios caídos los cuales se deberán calcular desde la fecha en que se practico la notificación en el presente asunto a razón de Bs. 3.750, 00 mensual, es decir, Bs. 125,00 diarios hasta la fecha en que se realice el reenganche. Se condena en costas a la parte perdidosa.
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