DISPOSITIVA: Con fuerza en las motivaciones precedentes, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se declara sin lugar el recurso de apelación ejercido por los abogados Adolfo Julio Molina Brizuela, Yenny Perdomo Velásquez y Luís Tovar Fernández, en su condición de defensores privados de los imputados Jaider Antonio Blanco Rojas, Ubaldo Jose Villegas Medina y Edwen Jose Salas Torrealba, en contra de la decisión dictada y publicada en su texto integro en fecha 29 de noviembre de 2016, por el Tribunal Penal de Primera Instancia en Función de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, sede San Juan de los Morros; mediante la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad a los ciudadanos antes mencionados, de conformidad con los artículo 236 ordinales 1°, 2° y 3° y 237 ordinales 2°, .....