INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA: Se declaro: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha dieciséis (16) de marzo de 2018, por el Abogado MARCO TULIO DOMINGUEZ TOVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 196.271, Apoderado Judicial de la ciudadana TATIANA BEATRIZ MIZZI ZAMBRANO, plenamente identificada, en contra de la sentencia interlocutoria de fecha dos (02) de marzo de 2018, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Guárico.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada. TERCERO: Por la naturaleza de la presente decisión no existe condenatoria en costas.