Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Juicio N°1 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico Extensión Valle de la Pascua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVOCA las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad impuestas al ciudadano CARLOS ALBERTO RENGIFO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 17.950.925, natural de Zaraza, Estado Guárico, soltero, de oficio obrero, hijo de los ciudadanos NALDO RENGIFO ARVELAES e ISMENIA MARGARITA RAMOS BALSA, residenciado en la Calle Altagracia de Zaraza, Casa S/N; Sector El Sotillo, El Médano; cerca del Liceo Sotillo, Estado Guárico. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 262 ordinales 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal y ACUERDA librar Orden de Captura. Y ASI SE DECIDE
Es justicia en Valle de La Pascua, a los veinte (20) días del mes de julio de 2004.
Publíquese y déjese copia certificada en los archivos del Tribunal.
LA JUEZ DE JUICIO N° 01
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