este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la oposición efectuada por la parte demandada sobre la ejecución de la sentencia dictada en la presente causa, y así se decide.
Se ordena librar oficio y Mandamiento de Ejecución al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios El Socorro y Santa María de Ipire de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, a los fines de continuar y darle cumplimiento estrictamente a la Sentencia dictada en este juicio, y así se resuelve.
Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese de esta decisión a las partes litigantes, todo de conformidad con el artículo 251 ejusdem.
Publíquese, incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Jus.....