Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA SUFICIENTE las Justificaciones para asegurar la posesión a favor del ciudadano JULIO AMADO GODOY SOTO, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-14.556.229, sobre las bienhechurias, mejoras y ampliaciones construidas sobre en un lote de terreno Municipal, según se evidencia de documento debidamente Registrado por ante el Registro Público del Municipio Francisco de Miranda del estado Guárico, inscrito bajo el Nº 2013.2318, Asiento registral 1 del Inmueble matriculado con el Nº 347.10.3.1.7226 correspondiente al Libro de Folio Real del año 2013 y de fecha 4 de Noviembre de 2013, que unificados da un total constante de DOS MIL SEISCI.....