DECRETA: EL ARCHIVO DE LAS PRESENTES ACTUACIONES, seguidas en contra de los ciudadanos DANNY JOSÉ NARANJO PALACIOS y FLORENCIO ANTONIO FLORES BARON, respecto a la causa que se le sigue por ante la Fiscalía Décima Segunda (12ª) del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y sede, por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, todo lo cual comporta el cese inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento que se hayan impuesto, así como la condición de imputados de los mencionados ciudadanos, DANNY JOSÉ NARANJO PALACIOS y FLORENCIO ANTONIO FLORES BARON. Investigación contra estos últimos que sólo podrá ser reabierta cuando surjan nuevos elementos que lo justifiquen, previa autorización Judicial; ello se decreta, con fundamento en los artículos 49 y 51, ambos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en armonía con los artículos 313 y 314, ambos del Código Orgánico procesal Penal.
Se declara CON LUGAR .....