DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos y las normas legales citadas, este Juzgado Segundo de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por los Abogados, Jorge Acosta y Norka Quiñónez, en su condición de Endosatarios en Procuración al cobro de la ciudadana Petra Martínez, contra el ciudadano Franklin Efraín Polanco, por COBRO DE BOLÍVARES en vía intimatoria, asistido del Abogado Manuel Elías Valor, todos identificados en el presente fallo.
DISPOSITIVA
4. Conforme al artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada, las cuales han sido prudencialmente calculadas por este Tribunal en un treinta por ciento (30%) sobre el valor de lo litigado.
5. Igualmente, se corrige el año de publicac.....