PRIMERO: Se declara CON LUGAR la perención de la instancia en esta alzada, en el juicio de INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS, intentada por el ciudadano NELSON DUARTE, ya identificado, contra el ciudadano GUILLERMO ENRIQUE ARMAS GONZALEZ también identificado.-
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior queda con fuerza de cosa juzgada la sentencia dictada por el Juzgado Primero de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, de fecha 06 de junio de 2000, con motivo de la suspensión de la medida de Embargo preventivo sobre un vehículo, MARCA: Chevrolet; CLASE: Camioneta; TIPO Pick-up; COLOR: Verde: MODELO AÑO: 1995; SERIAL DE CARROCERÍA: CK14K5V332186; PLACAS: 47ACAA, propiedad del demandado.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no ha lugar en condena a costas por la perención decretada.
Notifíquese a las partes de la presente decisión.....