Por los planteamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le otorga la ley, conforme a lo establecido en los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución, 242, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, declara:
Primero: COMPETENTE a este Juzgado Superior, actuando en sede Constitucional, para conocer del recurso de apelación interpuesto en fecha 24 de enero de 2025, por el ciudadano Vicente Wydth Garrido, parte presuntamente agraviada, asistido por el abogado José David Briceño Sanabria, contra la decisión de fecha 22 de enero de 2025, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible in limini litis la p.....