DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Acuerda la continuación de la causa bajo las normas del procedimiento ordinario, de conformidad con el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta LIBERTAD PLENA al ciudadano EDWIN JOSÉ GONZÁLEZ, ampliamente identificado en autos, al no existir elementos de convicción que demuestren un ilícito penal así como su participación en los mismos. TERCERO: Niega la solicitud del Ministerio Público en cuanto a imponer una Medida Cautelar sustitutiva de conformidad con el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, al prenombrado ciudadano. CUARTO: Se declara con lugar.....